“Un criterio de modulación que adopte la forma de una tributación progresiva a partir de un determinado umbral, incluso elevado, que puede corresponder al deseo de gravar la actividad de una empresa únicamente cuando dicha actividad alcance cierta importancia, no implica por sí mismo la existencia de una ventaja selectiva”, en sentencia de 27 de junio de 2019. Hacienda puede implantar un impuesto sobre el volumen de negocios tan solo para las empresas más grandes, con mayor actividad económica, introduciendo un sistema de progresividad tributaria, sin que, en principio se pueda considerar que es discriminatorio con respecto al resto de las empresas del mismo sector y, por tanto, no supondría una ayuda de Estado. La resolución de la corte de Luxemburgo se refiere a un impuesto que la institución vizcaina aplicó a una compañia entre los años 2010 y 2012. Señala la sentencia que “La directiva y el principio de neutralidad fiscal no se oponen a la normativa...
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