Decidirá si confirma el giro jurisprudencial de la sentencia sobre el impuesto de las hipotecas. Dado que la sentencia nº 1505/2018 de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, relativa al sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, supone un giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado y habida cuenta, asímismo, de su enorme repercusión económica y social, el Presidente de la Sala acordó, con carácter urgente, dejar sin efecto todos los señalamientos sobrerecursos de casación pendientes con un objeto similar. Avocar al Pleno de la Sala el conocimiento de alguno de dichos recursos pendientes, a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado. Fuente: Síntesis Diaria,...
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