A una mujer, con su firma falsificada por el marido sin su consentimiento, porque esta situación es posible gracias a la inobservancia las propias normas internas de la entidad, que tienen como fin evitar el fraude a los clientes. Así, lo establece el Tribunal Supremo en una sentencia de 18 de septiembre de 2019, exonera a una mujer de devolver una deuda de diversos préstamos al consumo y de tarjeta de crédito que su marido suscribió en nombre de ella, falsificando su firma, al haberse acreditado que el banco incumplió su protocolo por permitir que los documentos se firmasen fuera de la entidad. Fuente: Síntesis Diaria,...
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