que avala la extinción de un contrato laboral por causas objetivas si hay faltas de asistencia justificadas, aunque sean intermitentes, ha informado UGT. En concreto ha despedido a la presidenta del comité de empresa de su centro en Lleida y representante de la UGT de Cataluña haciendo uso del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores. FeSMC-UGT ha emitido un comunicado para denunciar que en las últimas semanas está detectando que esta “vergonzosa” práctica empresarial se está generalizando. La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) ha manifestado su “alarma” ante la sentencia. Fuente: Síntesis Diaria,...
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